jueves, 23 de agosto de 2007

TEMA VIIII. Relación Juridica:


En la clase de relaciones jurídicas, fue interesante, ya que nos topamos con el código civil Venezolano y como este tiene gran relevancia en el tema y en lo sujetos de relaciones, además se hablo de los objetivos y propósitos de las relaciones tanto sociales como jurídicas, ya que una se complementa con la otra. Resumen del tema. .


Relación Jurídica

Elementos Materiales:

- Relación Social de Hecho

- Sujetos de relación

- Objetos o Propósito de relación.

Elementos Formales:

- Norma Jurídica

- Consecuencia Jurídica.

Protagonistas:

a) Persona humana (individual)

b) Persona Humana (colectivo)

Relación Social:

Sin relación no hay obligación al imponer una norma, obligaciones y atribuciones la cuales se vinculan con la exigencia.

Relación Jurídica:

Es la relación social o de derecho que produce consecuencias jurídicas, ya que esta integrada al supuesto derecho de una norma jurídica.

Sujetos del derecho:

Personas Naturales (art. 15, 16,17 del código civil Venezolano).

Persona Jurídica (art.19 del código civil Venezolano).

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